La implementación de la receta electrónica entró en vigencia este miércoles en todo el territorio nacional. Permitirá mayor eficiencia en la prescripción y dispensa de medicamentos, simplificando los trámites para los pacientes y asegurando el acceso a través de plataformas digitales inscriptas en el ReNaPDiS

El Ministerio de Salud de la Nación puso en marcha desde este miércoles la obligatoriedad de la receta electrónica en todo el país, según lo establecido en el Decreto 345/2024. Esta medida busca agilizar el proceso de prescripción y dispensa de medicamentos, además de integrar las instancias administrativas en un ecosistema de salud digital más eficiente.
Para que las recetas electrónicas tengan validez, deben incluir datos clave del médico o profesional de la salud, como nombre, matrícula, profesión y especialidad, junto con el código de barras que garantiza su autenticidad. Además, deben figurar los datos del paciente, como nombre completo, obra social o prepaga, DNI, sexo y fecha de nacimiento, así como la descripción detallada del medicamento prescrito, incluyendo su nombre genérico o denominación común internacional.
El sistema también permite que el profesional sugiera un nombre comercial del medicamento, aunque esto no es obligatorio. Las plataformas digitales verifican la inscripción de los profesionales en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
Uno de los principales beneficios de este sistema es que los pacientes podrán retirar sus medicamentos en farmacias utilizando únicamente su DNI y/o credencial. Las recetas se almacenarán en repositorios virtuales que estarán disponibles para las farmacias autorizadas, facilitando la dispensa inmediata.
“Este sistema mejora el acceso a los medicamentos al evitar errores de interpretación y al ofrecer a los profesionales herramientas más precisas para decidir tratamientos”, destacó el Ministerio de Salud, liderado por Mario Lugones.
Las plataformas y repositorios virtuales encargados de almacenar las recetas deberán cumplir con estrictos protocolos de seguridad, garantizando la alta disponibilidad y el resguardo de los datos de los pacientes. Además, deberán contar con mecanismos de respaldo para prevenir la pérdida de información en caso de fallas técnicas.
Aunque la receta electrónica es ahora obligatoria, el Ministerio aclaró que la receta manuscrita seguirá vigente en casos excepcionales, como en zonas sin conectividad o durante interrupciones eventuales del sistema. Además, las recetas en papel emitidas antes del 31 de diciembre podrán utilizarse hasta que finalice su período de validez.
Esta medida es parte de los esfuerzos por implementar la Ley Nacional de Recetas Electrónicas (N° 27.553), sancionada en 2020. El objetivo principal es integrar un ecosistema de salud digital que agilice los trámites, facilite el acceso a medicamentos y fomente la transparencia en los procesos administrativos del sector salud.
Actualmente, 17 jurisdicciones en el país cuentan con normativa para la receta electrónica. De estas, 11 adhieren a la Ley Nacional, incluyendo provincias como Catamarca, Mendoza y Tucumán. Otras cuatro, como Buenos Aires y CABA, operan con sus propias leyes provinciales.
Sin embargo, aún hay siete jurisdicciones que no cuentan con una ley específica. Entre ellas, provincias como Córdoba y Santa Cruz han comenzado a adherir parcialmente al sistema, mientras que otras, como La Pampa y Neuquén, están en proceso de revisar sus planes legislativos.