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La Cámara de Diputados rechazó el veto de Milei a la Ley de Financiamiento Universitario

Era uno de los dos platos fuertes de la sesión de este miércoles junto a la Ley Garrahan. La votación resultó 174 votos afirmativos, 67 negativos y 2 abstenciones. La norma busca garantizar el presupuesto de las universidades nacionales, con el foco puesto en la recomposición salarial de docentes y no docentes.

 

Con una masiva marcha en las afueras del Congreso de la Nación, puertas adentro en el recinto de la Cámara de Diputados la oposición se encestó la insistencia de la Ley de Financiamiento Universitario con los dos tercios de los votos para blindarla y rechazó así el veto presidencial en la sesión de este miércoles. Pasa al Senado.

La norma fue aprobada por 174 votos afirmativos, 67 votos negativos y una abstención. A diferencia de lo que ocurrió en agosto pasado cuando le faltó tan solo un voto para los dos tercios. Además de los bloques opositores, hubo acompañamiento de un sector del Pro, Innovación Federal y los ex oficialistas de Coherencia y el MID. También votaron a favor algunos miembros de Liga del Interior.

Cabe recordar que es la segunda vez que el Congreso de la Nación trata el veto a la Ley de Financiamiento Universitario, ya que en el 2024 el presidente Javier Milei también había vetado la norma y, en esa oportunidad, el oficialismo había logrado blindarlo.

¿QUÉ ESTABLECE LA LEY?

La norma sancionada obliga al Gobierno nacional a actualizar, desde el 1º de enero de 2025, los montos destinados al funcionamiento de las universidades públicas. Según el texto, dicha actualización deberá realizarse conforme a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, correspondiente al período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2024.

La medida alcanzaría las partidas presupuestarias vinculadas a la asistencia financiera para el funcionamiento universitario, hospitales universitarios, fortalecimiento de la ciencia y la técnica, y actividades de extensión, todas enmarcadas en el programa de Desarrollo de la Educación Superior.

Además, se deja fijada una actualización bimestral de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas durante todo 2025. La medida, que regirá desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre, se aplicará de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.

También, obliga al Poder Ejecutivo a actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas por el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2023 y la sanción de la ley, en un porcentaje no inferior al IPC del mismo lapso.

Este incremento deberá hacerse efectivo al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y será remunerativo y bonificable. Asimismo, se establece la incorporación total de las sumas no remunerativas al salario básico durante el año en curso.

Por otro lado, el Poder Ejecutivo deberá recomponer los montos de las becas Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otras, ajustándolos por la variación del IPC desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley. Además, se establece un incremento progresivo en la cantidad de becas, en función del crecimiento de la matrícula en instituciones públicas de nivel secundario y superior.

Del mismo, establece que la Auditoría General de la Nación (AGN) realizará el control administrativo externo de las universidades públicas de gestión estatal, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 bis de la ley 24.521. Los informes elaborados por la AGN deberán ser remitidos de manera inmediata al Congreso de la Nación, junto con las observaciones que pudieran surgir y el correspondiente plan de seguimiento y control con el objetivo de fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en el sistema universitario, en un contexto de creciente demanda por eficiencia institucional.

Por último, intima al Poder Ejecutivo a disponer los créditos presupuestarios necesarios para garantizar la continuidad y eficiencia de los servicios universitarios, tal como lo establece la ley 24.156. En ese marco, se prevé la adecuación de partidas para actualizar, al 1º de enero de 2025, el presupuesto destinado a las universidades públicas. La norma sostiene que esta actualización no deberá impactar sobre la distribución de la coparticipación federal de impuestos ni sobre los aportes del Tesoro nacional, preservando así los recursos provinciales y el equilibrio fiscal.

Fuente: El Parlamentario