El proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada en Argentina es una iniciativa legislativa que impulsa reformas de fondo en el régimen de tierras y el Código Procesal Civil y Comercial. El debate central gira en torno a acelerar los desalojos inmediatos (conocido como desalojo exprés) y eliminar los límites para que extranjeros compren tierras.

LA PROPUESTA. Aunque el título remite a una protección reforzada de la propiedad privada, el texto avanza sobre una variedad de normas y alcanza aspectos tan diversos como las expropiaciones, los desalojos, la regularización dominial, la adquisición de tierras rurales por extranjeros, el manejo del fuego y la organización de los registros inmobiliarios.
Uno de los núcleos centrales de la propuesta es la modificación de la Ley de Expropiaciones. El proyecto establece que las declaraciones de utilidad pública deberán interpretarse de manera restrictiva y justificar de forma específica el fin perseguido, al tiempo que exige que toda expropiación sea idónea, necesaria y proporcional para alcanzar ese objetivo.
La iniciativa también mejora las condiciones de indemnización para los propietarios afectados. Entre otros cambios, incorpora expresamente la posibilidad de reconocer lucro cesante cuando pueda acreditarse de manera objetiva, fija que la valuación del bien debe realizarse antes de cualquier anuncio oficial vinculado a la expropiación y dispone mecanismos de actualización monetaria hasta el momento del pago efectivo. Además, ratifica que no podrá producirse la transferencia del dominio sin que previamente se haya abonado la indemnización correspondiente.
Otro de los capítulos con mayor impacto político es el referido a los desalojos. El proyecto convierte estos procesos en trámites sumarísimos y habilita mecanismos que permiten obtener la restitución anticipada de inmuebles en determinados casos, especialmente cuando se trate de ocupaciones irregulares o cuando el derecho invocado por el propietario presente suficiente verosimilitud.
En paralelo, se agilizan las notificaciones judiciales y se amplían las facultades de los oficiales de justicia durante los procedimientos de lanzamiento, incluyendo la posibilidad de requerir auxilio de la fuerza pública y otras medidas destinadas a garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales.
TIERRA PARA EXTRANJEROS. La reforma también introduce cambios significativos en la Ley de Tierras Rurales. Si bien mantiene la prohibición para que Estados extranjeros adquieran tierras rurales en el país, elimina varias de las restricciones actualmente vigentes y flexibiliza los mecanismos de autorización para otros actores extranjeros. Incluso incorpora el criterio de silencio administrativo positivo, por el cual determinados permisos podrán considerarse otorgados si la autoridad competente no se expide dentro de los plazos previstos.
Otro aspecto relevante es la modificación de la Ley Pierri de regularización dominial. La nueva redacción exige acreditar posesión pacífica, ostensible y continua durante diez años para acceder al beneficio y limita su alcance a inmuebles destinados a vivienda única y permanente, aunque incorpora una previsión específica para agricultores familiares.
En materia ambiental, el proyecto deroga disposiciones incorporadas a la Ley de Manejo del Fuego y redefine el esquema de restricciones posteriores a los incendios forestales, un punto que anticipa cuestionamientos de sectores ambientalistas y de parte de la oposición.
La iniciativa se completa con una amplia reforma de la Ley de Registro de la Propiedad Inmueble. Allí se promueve la digitalización de trámites registrales, la utilización de firma digital, la creación de una Red Federal de Publicidad de Inhibiciones y de una Ventanilla Única Federal Inmobiliaria, además de la conformación de un Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble.
Fuente: El Parlamentario