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Caso Paola Ortiz: 13 años presa tras una emergencia obstétrica que fue tratada como homicidio

En 2012, Paola Ortiz atravesó un parto en avalancha en un contexto extremo de vulnerabilidad. Desde entonces permanece detenida por “homicidio agravado”, en un proceso judicial cuestionado por la falta de pruebas y por estereotipos de género. Católicas por el Derecho a Decidir presentó un recurso de revisión que podría revertir la sentencia

Una tarde de 2012, Paola Ortiz sintió un dolor distinto a cualquier otro de sus embarazos. Estaba sola, en la habitación que su exsuegro le prestaba a cambio de supuestos “favores sexuales”. En pocos minutos, ese malestar se transformó en contracciones intensas que derivaron en un parto en avalancha. Cuando logró tocar a su bebé, advirtió que estaba frío, sin signos vitales y que había salido junto a la placenta, en un solo movimiento. Nunca escuchó un llanto. Había muerto.

Paola vivía en Villa Nueva, cerca de Villa María. Tenía 29 años, apenas tercer grado aprobado, hacía changas y atravesaba un contexto de absoluta pobreza. Dos días después del parto, fue a la comisaría para denunciar que el padre de sus hijos le había quitado al menor de 5 años. Pero el oficial que la atendió comenzó a interrogarla y ella, quebrada, relató el parto repentino. Ese momento inauguró una cadena de irregularidades que terminarían con su condena a prisión perpetua.

Según explicó en La Marca de la Almohada Marina Gudiño, integrante del equipo de litigio y de la Guardia Feminista de Abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), “Paola fue condenada sin pruebas, con una sentencia plagada de estereotipos que le exigían comportarse como personal de salud frente a una emergencia obstétrica, y además cargada de prejuicios sobre la ‘mala madre’ y la ‘mala mujer’”.

La Guardia Feminista de CDD —un espacio federal presente en 12 provincias que acompaña jurídicamente casos de vulneración de derechos sexuales y reproductivos— conoció la historia a fines de 2022. Gudiño señaló que “Paola estaba presa hacía 12 años, embarazada de ocho meses, alojada en el pabellón de ‘las malas madres’, y sin poder asistir a la escuela por las agresiones que sufría a causa de ese estigma”. Durante su encierro, tuvo otro parto en el penal, pero la SENAF dio al bebé en adopción de forma inmediata, pese al deseo de la mujer de maternar.

Las abogadas Julia Luna y Rocío García Garro tomaron el caso tras revisar un expediente con severas falencias: una primera declaración tomada sin defensa, golpes y hostigamiento policial, y una pericia clave —la dosimetría hidrostática pulmonar— cuya falta de rigor no impidió que el jurado cambiara la carátula de “abandono de persona seguido de muerte” a “homicidio agravado por el vínculo”. “El propio policía que tomó la declaración dijo que el bebé lloró, algo que no coincide con un parto en avalancha ni con el cuadro médico”, detalló Gudiño.

Con esos elementos, CDD presentó un recurso de revisión basado en la jurisprudencia de la Corte Interamericana, particularmente en el caso Manuela vs. El Salvador, que condenó la criminalización de emergencias obstétricas. A ello se sumó un informe de la obstetra Stella Maris Manzano, que sostiene que toda evaluación sobre un parto de este tipo corresponde al sistema de salud y no a la Justicia penal. Para Gudiño, “es inadmisible que un hecho ocurrido en un contexto de extrema vulnerabilidad y sin evidencia de vida extrauterina haya terminado con una sentencia perpetua”.

El caso de Paola no es aislado. Como ocurrió con Belén en Tucumán —recordado tras la película de Dolores Fonzi—, la estigmatización de las mujeres pobres sigue convirtiendo emergencias obstétricas en delitos. Por eso, más de diez organizaciones feministas presentaron amicus curiae y acompañan una campaña pública para exigir la revisión del fallo.

El Tribunal Superior de Justicia tiene tres caminos: rechazar el recurso, admitirlo o abrir un nuevo juicio. “Si lo admiten, pedimos la nulidad de la sentencia, la absolución y la libertad de Paola. Las emergencias obstétricas no son delito, y este caso debe marcarlo con claridad”, concluyó Gudiño.