La ANMAT introdujo cambios en el cálculo de agregados y restricciones publicitarias de alimentos. Las medidas buscan simplificar trámites para las empresas y adaptarse al perfil de nutrientes de la OPS, y ya generaron debate sobre su impacto en la salud pública. Las disposiciones fueron publicadas este viernes en el Boletín Oficial y serán implementadas en los próximos días

El Gobierno nacional, a través de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), realizó modificaciones al Manual de Aplicación de la Ley de Etiquetado Frontal, ajustando aspectos clave como el cálculo de agregados de grasas, azúcares y sodio en alimentos, además de flexibilizar las restricciones en la publicidad de estos productos. Las disposiciones fueron publicadas este viernes en el Boletín Oficial y serán implementadas en los próximos días.
Según el comunicado oficial de ANMAT, las modificaciones tienen un doble propósito: por un lado, reducir regulaciones para facilitar las importaciones y, por otro, flexibilizar las normativas relacionadas con la publicidad de alimentos rotulados. Estas decisiones responden, en parte, a demandas del sector productivo, pero también buscan alinear la normativa local con estándares internacionales, como el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Desde ANMAT explicaron que uno de los principales objetivos de las modificaciones es lograr que el etiquetado frontal sea más preciso respecto a los “agregados en su formulación”. Esto significa que se destacará de forma más clara la cantidad de azúcar, sodio, grasas, edulcorantes y cafeína que no están presentes de forma natural en los alimentos, sino que son añadidos durante su producción.
Entre los cambios más significativos se encuentra la eliminación de la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas por parte de las empresas alimenticias. En su lugar, se implementará el uso obligatorio de la “calculadora de sellos”, una herramienta desarrollada para determinar con mayor agilidad y transparencia si un producto debe exhibir advertencias en su etiquetado.
“La norma ya está implementada, y con estas disposiciones buscamos simplificar los trámites para las empresas. La calculadora de sellos permite determinar de manera más directa el cumplimiento de los criterios establecidos por el Manual de la Ley de Etiquetado Frontal”, señalaron fuentes de ANMAT.
Otro cambio central es la flexibilización en las restricciones de publicidad de alimentos y bebidas con altos contenidos de nutrientes críticos, como azúcares, sodio y grasas saturadas. Las nuevas pautas permitirán una mayor libertad para la promoción de productos en ciertos medios, lo que ha generado opiniones divididas entre las organizaciones de consumidores y el sector empresarial.
La medida despertó preocupación en algunas organizaciones de salud pública, que advierten sobre un posible retroceso en los objetivos iniciales de la Ley de Etiquetado Frontal, sancionada en 2021. “La normativa original tenía como eje principal proteger a los consumidores, especialmente a los más jóvenes, de los efectos nocivos de una dieta alta en azúcares y grasas. Flexibilizar estas restricciones podría diluir ese propósito”, comentó un vocero de la Asociación de Consumidores Activos.
Por otro lado, representantes del sector alimenticio celebraron las modificaciones, argumentando que facilitarán la competitividad de los productos nacionales e importados. “Esta medida es un avance para la industria. Simplificar los procesos administrativos y ajustarse a estándares internacionales nos permitirá operar con mayor eficiencia”, expresó un directivo de la Cámara de la Industria Alimenticia.
Con la implementación de las nuevas disposiciones, las fábricas comenzarán a distribuir alimentos con etiquetas ajustadas a los nuevos criterios. ANMAT adelantó que realizará auditorías para garantizar el cumplimiento de la normativa y que el etiquetado refleje de manera adecuada la composición de los productos.