A partir de diciembre, jubilados y pensionados que perciban menos de $389,398.14 deberán realizar un trámite obligatorio para continuar accediendo a la cobertura del 100% en medicamentos que otorga PAMI. La medida incluye nuevas restricciones y requisitos para su gestión
Los jubilados y pensionados afiliados a PAMI que perciban un ingreso inferior a $389,398.14 tendrán que completar un trámite para seguir accediendo a la cobertura gratuita de medicamentos ambulatorios. Según lo dispuesto por la obra social, la gestión requerirá presentar el DNI, una receta médica con el diagnóstico correspondiente y una declaración jurada que respalde la solicitud.
El trámite puede gestionarse desde el celular, tablet o computadora a través de la web de PAMI. También puede realizarse de forma presencial en una agencia del organismo, aunque para esto se deberá solicitar un turno online previamente.
Además de la documentación básica, la receta médica debe detallar los medicamentos recetados con la codificación CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión). En casos que requieran más de cuatro medicamentos amparados por el Subsidio Social, se deberá completar un formulario específico con el detalle de los mismos.
PAMI informó que esta cobertura está destinada exclusivamente a jubilados y pensionados que no puedan afrontar el costo de los medicamentos ambulatorios, tanto para enfermedades crónicas como agudas. Sin embargo, las modificaciones vigentes limitan el acceso a este beneficio a casi tres millones de beneficiarios que perciban ingresos menores al tope estipulado.
Aquellos que no realicen el trámite obligatorio deberán pagar los medicamentos con descuentos del 40%, 50% o 80%, según el listado oficial.
Para acceder al beneficio, los afiliados deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Percibir ingresos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos (o hasta 3 haberes si conviven con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad – CUD).
- No estar afiliados a una obra social prepaga.
- No poseer más de un inmueble ni ser propietarios de vehículos de menos de 10 años de antigüedad o bienes de lujo.
- No ser titulares de activos societarios que reflejen capacidad económica plena.
En casos excepcionales, aquellos afiliados que no cumplan con los primeros dos puntos, pero cuyos medicamentos representen un costo igual o superior al 15% de sus ingresos, podrán solicitar la cobertura completa por razones sociales. Para ello, deberán presentar un informe social y una evaluación de vulnerabilidad socio-sanitaria, junto con una revalidación médica.
PAMI aclaró que estas restricciones no afectarán a los Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, quienes seguirán siendo beneficiarios de la cobertura total.