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Detenciones arbitrarias: “Este procedimiento invierte el derecho de inocencia al principio de sospecha y es inconstitucional”

Así se lo dijo Oscar Blando, Doctor en Derecho  a Apuntes y Resumen. El docente de Derecho Político, Constitucional y Electoral en la UNR brindó su mirada sobre el tema y la resolución de la Cámara Penal de Rosario.

La Cámara Penal de Rosario dictó una resolución crítica respecto a la falta de motivos para las detenciones arbitrarias que se llevan a cabo en la ciudad y aclara que no es legal el pedido generalizado de Documento Nacional de Identidad (DNI).

“Este tema me ocupa desde hace varias décadas ya que cuando fui legislador en los años ’80 presente un proyecto de derogación de esta facultad”, mencionó Blando quien afirmó que “es inconstitucional porque afecta principios fundamentales de los ciudadanos porque las personas que se las detiene por estas razones no está asociada a un delito, no cometió una falta que es una situación que supone averiguación de identidad estableciendo una relación con un hecho ilícito”.

En su momento Blanco señalaba “que como figura autónoma la persona que no lleva documente no puede ser demorada a una dependencia judicial porque no hay obligación de llevar DNI, no estamos en dictadura sino en una democracia”, dijo.

Para el Doctor en Derecho “la situación de si tengo o no documento invalida una demora o detención que se produce en una comisaria, sin los resguardos suficientes, normalmente se los incomunica, se los pone en celdas con otros presos que si cometieron delitos graves”, denuncia.

“Esta resolución de la Cámara Penal le pone límites a las facultades policiales en este sentido y es un avance”.

Si bien desde el gobierno provincial afirman que el articulo 10Bis tiene plena vigencia; Blanco señala que “de acuerdo a las resoluciones judiciales no se declara la inconstitucional por lo cual está vigente pero le pusieron límites”.

“Las invocaciones que hace la policía al detener a un individuo es que es una personas sospechosa, con una actitud que va a eludir y estas no son razones objetivas que tienen que estar en la ley y en la ley no existen estas invocaciones”, dijo Blanco y afirma que “viola garantías constituciones, es ineficaz y no sirve para la seguridad”.

“Es ineficaz y no sirve para la seguridad”

“Lo que se hace es absolutamente ineficaz y lo que hace es violar garantías constituciones e invierte el derecho de inocencia y se invierte por el principio de sospecha, sin una causa objetiva”, dijo.

“Se detienen a las personas por lo que se suponen que son y no por lo que hacen, por lo tanto es un delito penal de autor lo que hacen”.

“Con estas detenciones arbitrarias se están violando determinados procederes, pero no solo desde la justicia provincial sino que hay fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que estableció que estas razias indiscriminadas violaban los principios fundamentales del Convenio de Derechos Humanos Internacionales. Esto no es un invento sino que está resuelto de esta manera”, finalizó Blando.