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¿Trabajador o colaborador?: la ley detona toda la normativa laboral desde la base

El capítulo laboral del proyecto Bases que aprobó este martes la Cámara de Diputados elimina por tres vías la trama legal que garantiza derechos a los asalariados. Es la demolición de un andamiaje de orden público e imperativo construído durante años

“Quieren eliminar la vigencia de la normativa laboral existente”, sintetizó el abogado laboralista Sebastián Serrano Allou, en diálogo con Apuntes y Resumen, la media sanción que obtuvo la llamada ley bases versión dos que el oficialismo libertario consiguió pasar en su totalidad en la Cámara baja.

El especialista se enfocó en el capítulo de la llamada reforma laboral, inicialmente propuesto por el radicalismo pero con texto final emanado de las filas de La Libertad Avanza.

Es demoler ese edificio de orden público, imperativo, detonando la base en lugar de desmontar los ladrillos desde arriba. Así graficó el contenido de lo que salió aprobado. Buscan, señaló, negar el carácter de la relación laboral en la mayor cantidad de casos posibles. Esto es, en todas las empresas de hasta cinco trabajadores, que son la mayoría en el país. “Disfrazan al empleador de empleado y lo denominan trabajador independiente con colaboradores, que serían los ex trabajadores”, ilustró sobre el encuadre pretendido.

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El movimiento es a varias bandas, siguió Serrano Allou. A los empleadores que no nieguen por ese lado la existencia de la relación laboral, les facilitan su desconocimiento de otra manera: no registrándola.

La registración es trascendente, explicó, porque habilita la vigencia de una normativa de derechos como las vacaciones pagas, el aguinaldo, la cobertura ante enfermedad o accidente laboral, la jornada limitada, entre otras prescripciones que protegen al trabajador. Y si el reconocimiento de la categoría de trabajador se elude en los papeles, tampoco se da en la práctica, completó la idea.

Al eliminar todas las sanciones para el trabajo no registrado y fomentar que no se registre o se lo haga a través de terceros insolventes, continuó el abogado laboralista, el empresario evaluará que si registra a sus empleados no tiene ningún beneficio y si no lo hace, no sufrirá sanción. Con lo que optará por la segunda opción para no quedar en una posición desventajosa de competencia con un homólogo que paga cuando y lo que quiere a sus empleados.

Serrano Allou señaló que todo lo anterior, en el camino de pérdida de derechos, cierra el círculo con el facilitamiento de los despidos mediante su “abaratamiento” e incluso dando la posibilidad de, en algunos casos, cargarle el financiamiento de la indemnización al propio trabajador.