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Voto Joven a la Corte: no puede haber doble estándar

Jorge Barraguirre afirmó que no existe una justificación suficiente para revisar la decisión del organismo electoral que autoriza a jóvenes de entre 16 y 17 años a votar de manera voluntaria en elecciones locales.

El Procurador Fiscal Electoral de la provincia de Santa Fe, Jorge Barraguirre, recomendó al Tribunal Electoral que incluya en el padrón a los mayores de 16 años y solicitó desestimar el recurso de reconsideración presentados por el partido Política Abierta para la Integridad Social (Pais), que además presentó otros dos recursos: la declaración de inconstitucionalidad y el avocamiento de la Corte Suprema Provincial y el correspondiente apartamiento del Procurador y del presidente del máximo tribunal, Daniel Erbetta, por haberse pronunciado ya sobre el tema.

“Lo que nosotros aconsejamos al tribunal el día de ayer es que se mantenga la decisión dado que no hay razones de peso, razones preponderantes, sustanciales, como para que el tribunal vuelva sobre sus pasos y lo deje sin efecto”, explicó el funcionario judicial en diálogo con Radio UNR.

Y ejemplificó: “Es como si estuvieras dos salones. En uno se reúne un foro a deliberar, ese foro es el foro nacional donde las adolescencias pueden opinar sobre las macroeconomias, relaciones internacionales, etc, y cuando quieren entran al otro saloncito donde se discute democracia de proximidad, el cordón cuneta, miembros de la comisión comunal, concejales, intendentes, por donde va a pasar el colectivo en el barrio, ahí la provincia le cerraba la puerta y no dejaba acceder a nadie que tenga menos de 18 años”.

En esa línea, Barraguirre explicó que el tribunal sostuvo que existe un derecho que no proviene de una visión unitaria del país, sino que proviene de normas expresas de la constitución nacional y provincial.

 “El articulo 31 de la Constitución establece que no se pueden oponer las Constituciones Provinciales en contra de los derechos fundamentales sancionados en la parte dogmática de la constitución y el articulo 6 de la Constitución Provincial garantiza que los santafecinos tengan los mismos derechos que se tienen a nivel nacional y todos aquellos ademas que nazcan de la forma republicana de gobierno y el principio de soberanía popular, en esos términos la verdad que el Tribunal y la Procuración no tienen ningún problema en ampliar derechos”, manifestó el representante judicial.