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Constitucionalista sobre el fallo de la Corte para Tucumán y San Juan: no soluciona problemas, los crea

A partir de la medida cautelar se pretende revisar las candidaturas de Sergio Uñac y de Juan Manzur. La solicitud de inconstitucionalidad fue presentada por la oposición, objetando que ambos oficialistas se presentan para un cuarto mandato sucesivo

A cinco días de que se lleven adelante las PASO para elegir la fórmula que encabeza la gobernación, la Corte Suprema de Justicia ordenó la suspensión de las elecciones en San Juan y Tucumán. Fue luego de que la oposición objetara las postulaciones de los candidatos oficialistas Sergio Uñac y Juan Manzur, respectivamente, sosteniendo que se están presentando para un cuarto mandato sucesivo.

El abogado e integrante de Justicia Legítima, Mario Herrero, señaló en La Marca de la Almohada que “el planteo es entendible y ajustado a la ley. El problema es que la decisión tan cerca de la fecha confunde a los ciudadanos y ciudadanas respecto de cómo serán las elecciones o si se llevarán adelante”.

 

 

La medida que lleva las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, ante la ausencia del cuarto supremo Ricardo Lorenzetti, “convulsiona en un momento oportuno”, señaló Herrero. Y siguió: “Los magistrados que integran la Corte y que han resuelto este fallo, suelen no mirar la realidad, lo que descontextualiza las decisiones. Más allá de la competencia o no, que es algo que puede discutirse técnica-legalmente, cuando la justicia es lerda o inoportuna no es justa”.

Por otro lado, el letrado indicó que “este fallo podría haber salido hace dos o tres semanas sin generar confusión en el electorado, que es lo que realmente me parece grave”. Y manifestó: “Un fallo judicial tiene que solucionar problemas, no crearlos. Cuando las boletas ya están siendo repartidas, la Corte saca un fallo que genera un inconveniente más grave que lo que se supone soluciona”.

Además, el letrado explicó que “el Ejecutivo propicio una reforma en la última sesión del año 2021, donde se derogó sin discusión y sin debate el régimen electoral que preveía las PASO del año 2010 y después hubo que sentarse a buscar una solución. Este régimen prevé e incorpora lo que establece la Constitución provincial en el artículo 185 que dice que el gobernador y vice deben ser electos en la misma oportunidad que los diputados provinciales”.

Continuando con esa línea, señaló: “Este fallo incumple con eso porque nos obliga a los ciudadanos a ir a votar el domingo por diputados provinciales y vaya a saber cuándo, por gobernadores. La suma de los desaciertos da un resultado caótico. Esto no le hace bien ni a la democracia ni a las instituciones”. “Electoralmente, esta cautelar sumada al fallo de la corte electoral de San Juan, no sabemos qué sucederá el domingo. Ni siquiera los especialistas tenemos en claro si se harán las elecciones y la validez que pueda tener ese potencial resultado”, añadió Herrero.

Respecto a la provincia de San Juan, el candidato liberal Sergio Vallejos presentó el caso basándose en el artículo 175 de la Constitución provincial, solicitando la inhabilitación para Uñac, ya que según se indica que “el Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”. Hasta el momento, Uñac fue elegido vicegobernador para el período 2011-2015, luego gobernador para el período 2015-2019 y nuevamente gobernador para el período 2019-2023.

En el caso de Tucumán, Juan Manzur, se presenta como candidato a vicegobernador en la fórmula encabezada por su ahora vice, Osvaldo Jaldo. La solicitud de inconstitucionalidad fue presentada por el intendente de San Miguel de Tucumán y candidato a vicegobernador de Juntos por el Cambio, Germán Alfaro, sosteniendo que el artículo 90 de la Constitución de Tucumán le impide al exjefe de Gabinete presentarse como vice, ya que se trataría de su quinta elección consecutiva como candidato dentro de un binomio.

Si bien se trata de una medida cautelar, el texto del fallo parece adelantarse que, finalmente, la Corte no permitirá las candidaturas de Uñac y Manzur, puesto que sostiene que “cuando el Tribunal Electoral Provincial oficializó la candidatura del gobernador habilitó para competir en las elecciones que tendrán lugar el 14 de mayo próximo en búsqueda de un cuarto mandato”. El texto habla de “cuarto mandato”, que es justamente lo que argumenta la oposición para oponerse a la nueva candidatura de Manzur y Uñac.