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Fallo ata cuota alimentaria al índice de alquileres 

31 de agosto, 2022

La justicia contempló el contexto socioeconómico para actualizarla en base al índice que elabora el Banco Central

La justicia decidió una nueva fórmula para ajustar el monto.

Un fallo de la Sala H de la Cámara Nacional en lo Civil resolvió que el dinero de la cuota alimentaria que un padre debe depositar para su hijo menor debe ajustarse de forma anual en línea con el mismo índice interanual que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) utiliza para definir el aumento de los alquileres.

Los jueces Claudio Marcelo Kiper y José Benito se refirieron, en su sentencia del 5 de agosto, al “efecto inflacionario” y aseguraron que “no se advierte ningún impedimento legal para que el incremento de la cuota de alimentos se efectúe aplicando un índice”. Además, sostuvieron que el monto que se había fijado en primera instancia no estaba “ajustado al contexto económico” en el que se dictó el actual pronunciamiento.

Al respecto, Apuntes y Resumen conversó con Marianela Pierobon, abogada especialista en derechos de familia y co-coordinadora del Programa de Género y Sexualidades de la UNR en la Facultad de Derecho, sobre los efectos que tiene este pronunciamiento judicial. “El fallo es importante porque es de una Cámara, no es de un Juzgado de Primera Instancia, que resuelve de esta manera aplicar este índice de aumento de los alquileres, sino que es una Cámara. Y los fallos de Cámara siempre tienen mayor influencia que los de Juzgados de Primeras Instancias”, destacó.

La sentencia judicial tiene efecto sólo entre las partes involucradas. De todas maneras, para la abogada significa un avance en el reconocimiento de la necesidad de considerar el contexto económico a la hora de establecer cuotas alimentarias. “El tema de la cuota alimentaria y del derecho alimentario que tienen niñas, niños y adolescente es una problemática central que hoy tenemos en nuestro país y que entiendo no es abordado de una manera contundente y con fines resolutorios. Hoy en este contexto inflacionario que vivimos tenemos que buscar y alcanzar nuevos mecanismos para que esas cuotas alimentarias no sean cuotas testimoniales, es decir, que no sea un monto de plata determinado que no alcanza a cubrir ni una semana de las necesidades de los niños y niñas”.

En la misma línea, la especialista en derechos de familia aseguró que “se trata de un fallo judicial inédito”, que brindará una solución paliativa a un problema cotidiano en la vida de muchas madres separadas que deben lidiar con el incumplimiento del pago correspondiente a los gastos de los hijos por parte de los padres.